EL DERECHO A LA VIDA,
PIEDRA ANGULAR DEL CAMINO DEL DESARROLLO HUMANO INTEGRAL
Mensaje de monseñor Oscar D. Sarlinga, obispo auxiliar de
Mercedes-Luján, con motivo del inicio de la Semana Santa del 2005 y de
la próxima Jornada del Niño por Nacer
(Marzo de 2005)
SALUDO INICIAL E INTRODUCCIÓN
Estimados y queridos hermanos y hermanas, participantes del encuentro
de las distintas instituciones y movimientos eclesiales de la ciudad
cabecera de nuestra arquidiócesis en la Iglesia Catedral Basílica de
Nuestra Señora de las Mercedes:
En
distintas ocasiones de encuentros como comunidad cristiana
arquidiocesana hemos tenido oportunidad de referirnos al
inconmensurable “Don de la Vida”, que es Don de Dios Padre Creador, al
cual accede la razón humana, tanto más con el auxilio de la gracia
divina, que el Señor nos da. También hemos tenido ocasión de
referirnos, incluso en el mensaje que quien les habla les dirigiera el
pasado año, al deber que nos incumbe a todos y a cada uno de los
cristianos, e incluso a todos los seres humanos de buena voluntad, a
defender la vida humana desde la concepción hasta la muerte natural.
Señaladamente, en tanto comunidad de apostolado, tuvimos ocasión de
reflexionar juntos sobre ello con motivo del “Inicio del Año
eucarístico y mariano arquidiocesano”, “la Jornada del enfermo” y la
“Jornada del Niño por Nacer” del año 2004. Destacábamos, a partir de
la reflexión y trabajos de los distintos grupos apostólicos, los
importantes desafíos que hemos de afrontar. Llamábamos al amor y
respeto de la vida, “valor esencial, cimiento de todos los demás,
sobre el que se alza la misma concepción de la dignidad humana”.
Este año,
en el inicio de la Semana Santa de la Pasión, Muerte y Resurrección de
Nuestro Señor Jesucristo, y en las cercanías de la “Jornada del Niño
por Nacer del 2005” es mi intención reafirmar algunas reflexiones
sobre el derecho a la vida, verdadera “piedra de base del camino
del desarrollo humano integral”.
I. “DERECHO A LA VIDA”
La defensa de la vida tiene su basamento más profundo en Ley natural,
la ley que está inscripta en el interior humano, en su corazón. Esta
expresión, “corazón” en sentido bíblico no indica algo puramente
sentimental, sino que indica “interioridad misma del ser humano”, su
“ser más profundo”. Todos, interiormente, tenemos “grabada” esa ley
natural. Esta Ley grabada interiormente en nuestros corazones, es
propia de la naturaleza humana, y en parte ha sido recogida en la
legislación positiva humana, ya a nivel de nuestra constitución
nacional, ya a nivel de normas de rango supraconstitucional, como por
ejemplo en el “Pacto de San José de Costa Rica”
(1),
el cual, en
el Capítulo II, sobre los “Derechos civiles y políticos”, en el
artículo 4, referido al “Derecho a la vida”, estatuye:
“1.
Toda persona tiene derecho a que se respete su vida. Este derecho
estará protegido por la ley y, en general, a partir del momento de la
concepción. Nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente”.
Vemos
desde el inicio que en la base de esta concepción recogida por esta
afirmación legal se encuentran constataciones científicas biológicas,
además de postulados filosóficos, morales y religiosos.
Desde la
perspectiva biológica, sabemos que lo que hace a la igualdad esencial
del género
humano
es
la
existencia
entre
todos
los
seres
humanos
de
una comunidad –precisamente biológica– fundamental, hecho comprobado
por la ciencia positiva a través de la igualdad y especialidad de la
secuencia del ácido desoxirribonucleico o ADN, el cual hace que quien
porta un determinado tipo de éste, es por ello un ser humano en tanto
integrante de una especie biológica que, por esta misma razón,
pertenece al “género humano”, y esto desde el inicio del “cigoto”. En
ese momento comienza efectivamente la construcción genética de la
persona. Por ese motivo los rasgos que caracterizan y definen al ser
que pertenece al “género humano” se encuentran ya en el embrión, pues
el ADN humano o genoma humano identifica a una persona con un signo
característico e irreductible –y por ello inviolable– de “humanidad”.
A fin de profundizar en el tema de los fundamentos científicos de la
defensa de la vida, habría entonces que bucear más en la ciencia
biológica y médica, con sus actuales adelantos y conclusiones sobre el
“estatuto biológico” del embrión, y sobre la “programación” real,
fáctica e irrepetible de todas las potencialidades que caracterizarán
al nacido.
Hay un
límite, claro está, para las ciencias biológicas y médicas. Lo que la
biología, lógicamente, no está en condiciones de definir es la
cuestión: “¿qué es la persona humana?”, “¿qué la constituye?”. Es
ciertamente una cuestión filosófica, moral, y también religiosa.
Persona es el ser existente individual, de índole racional,
trascendente, espiritual. Por ello, una vez concebido, ese ser no es
simplemente “vida”, sin más, sino que es “vida humana y personal” o
persona viviente. Esta es sin duda la base del derecho fundamental, “pilar
basal de todos los demás”, que es el derecho a la vida. Sobre este
último se asientan todos los demás derechos. El Papa Juan Pablo II
llama al derecho a la vida “una verdadera piedra angular en la vía
del progreso moral de la humanidad”
(2)
Es un derecho fundamental que proviene de la dignidad que corresponde
a cada ser humano, por ser tal. Y por eso mismo, “(…) la fuente última
de los derechos humanos no se sitúa en la mera voluntad de los seres
humanos, en la realidad del Estado, de los poderes públicos, sino en
el ser humano mismo y en Dios su creador”
(3).
Frecuentemente se combate este pensamiento bajo la razón de que éste
podría quizá tener validez para las personas católicas prácticas, o
religiosas, pero que en sí no constituiría un principio sostenible
universalmente, y tampoco en sentido jurídico. Pero es una cuestión de
la propia naturaleza humana, creada y elevada, claro está, por Dios.
II EL DERECHO A LA VIDA PRIMA SOBRE EL “DECISIONALISMO” MORAL Y
JURÍDICO
El hecho de “ser humano” ya concebido constituye sí mismo una
dignidad, una atribución digna a la índole humana. Ese carácter de
persona, de perteneciente a la humanidad, de ser racional,
inteligente, volitivo, espiritual encuentra su dignidad en la propia
condición humana y en la imagen de Dios que hay en cada hombre. Una
mentalidad contraria a la “cultura de la vida” que ha ido adueñándose
de numerosas personas se explica por la crisis en materia axiológica
de la sociedad en que vivimos, como nos recordara el Papa Juan Pablo
II: “En la base de la crisis, se percibe la ruptura entre la
antropología y la ética, marcada por un relativismo moral según el
cual se valoriza el acto humano, no con referencia a principios
permanentes y objetivos, propios de la naturaleza creada por Dios,
sino conforme a una ponderación meramente subjetiva acerca de lo que
es más conveniente al proyecto personal de vida”
(4).
Esta “ponderación meramente subjetiva” seguida de decisión también
puramente subjetiva puede ser llamada “decisionalismo”, en sentido de
no valorar justamente los derechos que puedan ser hechos valer a favor
del nascituro y. en lugar de esto último, ponderar sólo el
“derecho a decisión”, devenido absoluto, de quien decide no proteger
la vida humana, y aún suprimirla, como es el caso del aborto
procurado. En la vertiente jurídica de esta visión, el nascituro,
aunque sea visto, lato sensu como “vida biológicamente
humana en general”, o “potencial persona”, no es considerado propia y
efectivamente “persona”, con “subjetividad jurídica” desde su
concepción, lo cual lleva necesariamente a que no se haga acreedor a
la protección por parte del ordenamiento jurídico positivo, con la
protección absoluta e incondicionada que aquél debe a las personas
nacidas. Esto ocurre con las legislaciones que aceptan el aborto
procurado.
III. EL ABORTO PROCURADO
Suprimir –injustamente– la vida humana desde la concepción es muy
grave. Más aún, en la perspectiva cristiana: “vida humana concebida =
persona humana, constituye moralmente un crimen. Así nos lo expresa la
Const. Gaudium et spes, del Concilio Vaticano II. “De hecho,
Dios, dueño de la vida, ha confiado a los hombres la altísima misión
de proteger la vida, misión que debe ser cumplida de modo humano. Por
ello, la vida, una vez concebida, debe ser protegida con el máximo
cuidado; el aborto como el infanticidio son abominables delitos”
(5)
Desde ya
no condenamos a priori a quien pudo tener una presión moral o
psicológica tal que vio comprometida su libertad. Tampoco prejuzgo
sobre lo doloroso, traumático o incluso dramático de las motivaciones
de muchos, en lo cual intervienen a menudo razones de angustia,
miseria, desazón extrema u otros condicionamientos graves. La Iglesia
y la comunidad política y civil tendrían grandes potencialidades para
trabajar mancomunadamente, en positivo, para luchar contra esas
causales. Está claro que moralmente, incluso esas causas, no
justifican, en sí, la supresión de una persona, no “potencial” sino ya
“real”.
Ocurre que se han ensombrecido bastante muchas conciencias.
La legítima secularización, a la cual hay que atribuirle en parte el
progreso de la civilización, siendo en sí un esfuerzo justo y legítimo
de marcar la autonomía de las realidades temporales
(6),
ha ido derivando en una vertiente riesgosa que lleva al “secularismo”,
el cual cercena al ser humano y a la sociedad de la realidad profunda
de su identidad, que es su dimensión trascendente y religiosa. Esto
ocurre también, y principalmente, respecto de la defensa de la vida.
La pérdida de conciencia moral acerca del valor irreductible e
inalienable de la persona humana concebida tiene que ver en gran parte
por la influencia de este secularismo generador de la primacía del
pragmatismo y de la decisión individual por encima de todo derecho del
ser indefenso.
En la
carta apostólica Tertio millennio adveniente Juan Pablo II ha
centrado la atención en el hecho de que la época actual, además de
muchas luces también presenta algunas sombras, especialmente “la
indiferencia religiosa” y “la atmósfera de secularismo y relativismo
ético”
(7).
Estos últimos ensombrecen la cultura de la vida.
CONCLUSIÓN
Nosotros, como cristianos, tenemos esperanza y no vemos perdición y
ruina en todo lo que nos rodea, como quienes carecen de toda dimensión
trascendente. No queremos luchas intestinas ni estériles conflictos.
Tenemos conciencia, esto sí, de poseer un mensaje y una praxis que
apunta al desarrollo integral del ser humano, y fuerzas que pueden
colaborar a realizarlo efectivamente. Con humildad y con firmeza
seguimos proponiendo el valor inmenso de la vida humana y el
maravilloso mensaje del Evangelio, de modo adecuado para llegar al
mismo corazón de la cultura de nuestro tiempo. Defendamos la vida; es
una deuda de honor para con el avance de nuestra civilización. Como
nos recuerda el Papa, “(…) en este aspecto, nada puede suplir una
verdadera cultura de la vida, una experiencia profunda de fidelidad o
un arraigado espíritu de entrega, sobre lo cual la Palabra de Dios y
el Magisterio eclesial iluminan sobremanera la existencia humana”
(8).
Es el modo de construir “la civilización del amor”.
Un gran
desafío que los cristianos y las personas de buena voluntad tenemos
que afrontar consiste en presentar a los hombres y mujeres de hoy la
Ley natural y el Evangelio como una “buena noticia”, como noticia de
salvación, de alegría y paz para con cada ser humano. Es la
contribución al “humanismo cristiano” que queremos construir. En ese
plan, hemos de defender la vida del nascituro, y también
promover la protección del niño después de
su nacimiento. Así también la vida y prosperidad de su madre. La
protección social de la familia, que es la expresión primera y
coherente de la inclinación social del ser humano, será un bien
fundamental a tutelar, así como el derecho de los padres a elegir de
modo verdaderamente libre y responsable acerca de la procreación y la
educación de sus hijos, según la “Ley inscripta en los corazones”, lo
cual incluye la garantía de acceso a la educación en pleno respeto de
las creencias y convicciones religiosas. Las políticas de erradicación
de males como la explotación generada por formas de prostitución, de
explotación de niños y jóvenes, serán auxilios oportunos. También el
decrecimiento de la mortalidad infantil, ocasionados por el avance en
los sistemas de salud y en el progreso en la calidad de vida, que
aportarán soluciones a estas y a otras graves cuestiones de salud que
afligen a tantos hermanos nuestros en nuestra patria y en el mundo
entero. El derecho a la vida, en su sentido amplio y complexivo, es
la piedra angular del camino que queremos recorrer, el desarrollo y la
promoción humanos e integrales, que van de par con la evangelización.
Recordémoslo especialmente en este inicio de la Semana Santa del Año
del Señor 2005 y ante la cercana Jornada del Niño por Nacer, que será
celebrada en la Basílica de Luján, el 4 de abril, por el traslado de
la fecha del 25 de marzo, día de la Anunciación del Señor Jesús. La
disponibilidad y limpieza de corazón de la Santísima Virgen María hizo
posible la redención de la humanidad.
Notas:
(1)
“Convención
Americana sobre Derechos humanos”, San José de Costa Rica, arts. 4,
41, 62 y 64. Asimismo, debe ser considerada la jurisprudencia de la
Corte Interamericana, la cual ha de servir como guía para la
interpretación del Pacto de San José de Costa Rica.
(2)
Juan
Pablo II, Discurso a la Asamblea General de las Naciones Unidas
(2 de octubre de 1979), in: AAS 71 (1979) 1147-1148, n. 7.
Cf
PONTIFICIO CONSIGLIO DELLA GIUSTIZIA E DELLA PACE, Compendio della
Dottrina sociale della Chiesa, IV, a. 152.
(3)
Cf Idem, 153.
(4)
PONTIFICIA COMISIÓN PARA
AMÉRICA LATINA, “Discursos del Santo Padre Juan Pablo II” –A los
Obispos de América Latina en visita ad Limina Apostolorum Petri et
Pauli- 2001-2003, “Aos Bispos do Brasil (VIII)”, 16 de noviembre de
2002, p. 222.
(5)
CONC. ECUM. VAT. II,
Const. past.
Gaudium et
spes,
51.
(6)
Cf Pablo VI, Exh.
Apost.
Evangelii nuntiandi, 55.
(7)
S.S. JUAN PABLO II, Carta
apostólica “Tertio Millenio Ineunte”, n. 36.
(8)
PONTIFICIA COMISIÓN PARA
AMÉRICA LATINA, “Discursos del Santo Padre Juan Pablo II…, p. 193.
Mons.
Oscar Domingo Sarlinga,
obispo
auxiliar
de
Mercedes-Luján
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