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SALUD REPRODUCTIVA:
EL SENADO APRUEBA UN GRAVE PROYECTO



Buenos Aires, 31/10/02 (SEVI).
El Senado de la Nación sancionó ayer la ley que crea el Programa Nacional de Salud Sexual y Procreación Responsable. El proyecto aprobado será remitido al Poder Ejecutivo para su promulgación o su veto. En el debate, sólo algunos senadores nacionales expresaron formalmente su disidencia total con el proyecto. El texto sancionado puede resumirse en los siguientes puntos: La iniciativa es contraria a la ley moral al promover la distribución de métodos anticonceptivos.


Personas menores de edad

En relación a las personas menores de edad, si bien el art. 2º inc. d) señala como objetivo del programa “promover la salud sexual de los adolescentes”, el art. 4 aclara que la ley “se inscribe en el marco del ejercicio de los derechos y obligaciones que hacen a la patria potestad”.


Métodos abortivos

En el art. 6º inc. b) se indica que los métodos deberán ser de carácter “reversible, no abortivo y transitorio”. Sin embargo, subsiste la referencia al organismo estatal encargado de dar aprobación a los medicamentos y por tanto, las posibilidades de burlar ese inciso a través de la utilización de métodos de riesgo abortivo o abortivos.


Controles de salud

El art. 6º establece la realización de controles de salud en el marco del programa. Tales controles despiertan temor en torno a posibles sistemas que invadan la intimidad y libertad de las personas.


Capacitación de educadores y trabajadores sociales

El proyecto dispone que el Ministerio de Salud, en coordinación con los Ministerios de Educación y Desarrollo Social y Medio Ambiente, tenga a su cargo capacitar educadores, trabajadores sociales y demás operadores comunitarios para que realicen tareas de formación, creación de espacios de reflexión y detección de conductas de riesgo en temas vinculados con la salud sexual y la procreación responsable. Esta facultad despierta enorme incertidumbre en torno a los contenidos de tal capacitación o a las personas que la operarán.


Inclusión obligatoria de las prestaciones

A pesar de la crisis inédita que vive el país y que afecta muy especialmente al sector de la salud, el artículo 7º dispone: “Las prestaciones mencionadas en el artículo anterior serán incluidas en el Programa Médico Obligatorio (P.M.O.), en el nomenclador nacional de prácticas médicas y en el nomenclador farmacológico. Los servicios de salud del sistema público, de la seguridad social de salud y de los sistemas privados las incorporarán a sus coberturas, en igualdad de condiciones con sus otras prestaciones”.


Objeción de conciencia para profesionales

El proyecto no contempla expresamente la objeción de conciencia para los profesionales, que es un derecho constitucional. Con ocasión del debate y aprobación de la iniciativa en la Cámara de Diputados, se había aprobado un proyecto de ley para incorporar este derecho en la ley 17.132 de ejercicio de la medicina. Tal iniciativa fue luego modificada por el Senado, que amplió el alcance de la ley, pero pretendía poner un límite de tiempo para el ejercicio del derecho. Actualmente, este proyecto de objeción de conciencia se tramita ante la Cámara de Diputados.


Objeción de conciencia institucional

Las instituciones educativas públicas, de gestión privada, confesionales o no, darán cumplimiento a la presente norma en el marco de sus convicciones” y  “Las instituciones privadas de carácter confesional que brindan por sí o por terceros servicios de salud podrán, con fundamento en sus convicciones, exceptuarse del cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 6°, inciso b), de la presente ley”, según lo disponen los arts. 9º y 10º.


Difusión del programa

El art. 8º prescribe la difusión periódica del programa, con los consiguientes gastos y la promoción de campañas con mensajes muchas veces desedificantes que atentan contra la niñez y la familia.

Bajo el rótulo “Salud Sexual y Procreación Responsable” se esconde un programa que, siguiendo los lineamientos trazados desde foros internacionales, tiene por finalidad casi exclusiva promover la utilización de métodos anticonceptivos contrarios a la verdad del hombre y la familia. Así, el Estado, en lugar de cumplir su misión de servidor de la vida y el bien común, evade enfrentar las grandes cuestiones de la familia, la mujer y los niños, y se limita a difundir comportamientos antinatalistas.

Por otra parte, como hemos señalado reiteradamente, estos programas prometen una distribución “gratuita” de métodos anticonceptivos, financiada con endeudamiento externo que agrava la ya delicada situación de nuestro país.

No es la “salud reproductiva” el camino para salir de la crisis, sino un síntoma más de una profunda crisis moral que afecta al país. La “cultura de la muerte” debe ser enfrentada con una auténtica conversión que devuelva al hombre el sentido más profundo de su ser, llamado a la comunión a través de la entrega sincera de sí mismo a los demás.


 Este documento fue publicado como suplemento
del Boletín Semanal AICA Nº 2396 del 20 de noviembre de 2002


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