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INSTRUCCIÓN SOBRE LAS ORACIONES
PARA
OBTENER DE DIOS LA CURACIÓN
INTRODUCCIÓN
El anhelo de felicidad,
profundamente radicado en el corazón humano, ha sido acompañado desde
siempre por el deseo de obtener la liberación de la enfermedad y de
entender su sentido cuando se experimenta. Se trata de un fenómeno humano
que, interesando de una manera u otra a toda persona, encuentra en la
Iglesia una resonancia particular. En efecto, la enfermedad se entiende
como medio de unión con Cristo y de purificación espiritual y, por parte
de aquellos que se encuentran ante la persona enferma, como una ocasión
para el ejercicio de la caridad. Pero no sólo eso, puesto que la
enfermedad, como los demás sufrimientos humanos, constituye un momento
privilegiado para la oración: sea para pedir la gracia de asumir la
enfermedad con fe y aceptación de la voluntad divina, sea para suplicar
la curación.
La oración que implora la
recuperación de la salud es, por lo tanto, una experiencia presente en
toda época de la Iglesia, y naturalmente lo es en el momento actual. Lo
que constituye un fenómeno en cierto modo nuevo es la multiplicación de
encuentros de oración, unidos a veces a celebraciones litúrgicas, cuya
finalidad es obtener de Dios la curación, o mejor, las curaciones. En
algunos casos, no del todo esporádicos, se proclaman curaciones
realizadas, suscitándose así esperanzas de que el mismo fenómeno se
repetirá en otros encuentros semejantes. En este contexto a veces se
apela a un pretendido carisma de curación.
Semejantes encuentros de
oración para obtener curaciones plantean además la cuestión de su justo
discernimiento desde el punto de vista litúrgico, con particular
atención a la autoridad eclesiástica, a la cual compete vigilar y dar
normas oportunas para el recto desarrollo de las celebraciones
litúrgicas.
Ha parecido, por tanto,
oportuno publicar una Instrucción que, a norma del can. 34 del Código de
Derecho Canónico, sirva sobre todo para ayudar a los Ordinarios del
lugar, de manera que puedan guiar mejor a los fieles en esta materia,
favoreciendo cuanto hay de bueno y corrigiendo lo que se debe evitar. Era
preciso, sin embargo, que las disposiciones disciplinares tuvieran como
punto de referencia un marco doctrinal bien fundado, que garantizara su
justa orientación y aclarara su razón normativa. Con este fin, la
Congregación para la Doctrina de la Fe, simultáneamente a la susodicha
Instrucción, publica una Nota doctrinal sobre la gracia de la curación y
las oraciones para obtenerla.
I. ASPECTOS DOCTRINALES
Enfermedad y curación:
su sentido y valor en la economía de la salvación "El hombre está
llamado a la alegría, pero experimenta diariamente tantísimas formas de
sufrimiento y de dolor".(1) Por eso el Señor, al prometer la redención,
anuncia el gozo del corazón unido a la liberación del sufrimiento (cf.
Is 30,29; 35,10; Ba 4,29). En efecto, Él es "aquel que libra de todo
mal" (Sab 16, 8). Entre los sufrimientos, aquellos que acompañan la
enfermedad son una realidad continuamente presente en la historia humana,
y son también parte del profundo deseo del hombre de ser liberado de todo
mal. Pero la enfermedad se manifiesta con un carácter ambivalente, ya que
por una parte se presenta como un mal cuya aparición en la historia está
vinculada al pecado y del cual se anhela la salvación, y por otra parte
puede llegar a ser medio de victoria contra el pecado. En el Antiguo
Testamento, "Israel experimenta que la enfermedad, de una manera
misteriosa, se vincula al pecado y al mal".(2) Entre los castigos con los
cuales Dios amenazaba al pueblo por su infidelidad, encuentran un amplio
espacio las enfermedades (cf. Dt 28, 21-22.27-29.35). El enfermo que
implora de Dios la curación confiesa que ha sido justamente castigado por
sus pecados (cf. Sal 37[38]; 40[41]; 106[107], 17-21).
Pero la enfermedad hiere
también a los justos, y el hombre se pregunta el porqué. En el libro de
Job este interrogante atraviesa muchas de sus páginas. "Si es verdad que
el sufrimiento tiene un sentido como castigo cuando está unido a la
culpa, no es verdad, por el contrario, que todo sufrimiento sea
consecuencia de la culpa y tenga carácter de castigo. La figura del justo
Job es una prueba elocuente en el Antiguo Testamento… Si el Señor
consiente en probar a Job con el sufrimiento, lo hace para demostrar su
justicia. El sufrimiento tiene carácter de prueba".(3)
La enfermedad, aun teniendo
aspectos positivos en cuanto demostración de la fidelidad del justo y
medio para compensar la justicia violada por el pecado, y también como
ocasión para que el pecador se arrepienta y recorra el camino de la
conversión, sigue siendo un mal. Por eso el profeta anuncia un tiempo
futuro en el cual no habrá desgracias ni invalidez, ni el curso de la
vida será jamás truncado por la enfermedad mortal (cf. Is 35, 5-6; 65,
19-20).
Sin embargo, es en el Nuevo
Testamento donde encontramos una respuesta plena a la pregunta de por qué
la enfermedad hiere también al justo. En su actividad pública, la
relación de Jesús con los enfermos no es esporádica, sino constante.
Él cura a muchos de manera admirable, hasta el punto de que las
curaciones milagrosas caracterizan su actividad: "Jesús recorría todas
las ciudades y los pueblos, enseñando en las sinagogas, proclamando la
Buena Noticia del Reino y curando todas las enfermedades y dolencias" (Mt
9, 35; cf. 4, 23). Las curaciones son signo de su misión mesiánica (cf.
Lc 7, 20-23). Ellas manifiestan la victoria del Reino de Dios sobre todo
tipo de mal y se convierten en símbolo de la curación del hombre entero,
cuerpo y alma. En efecto, sirven para demostrar que Jesús tiene el poder
de perdonar los pecados (cf. Mc 2, 1-12), y son signo de los bienes
salvíficos, como la curación del paralítico de Bethesda (cf. Jn 5,
2-9.19.21) y del ciego de nacimiento (cf. Jn 9).
También la primera
evangelización, según las indicaciones del Nuevo Testamento, fue
acompañada de numerosas curaciones prodigiosas que corroboraban la
potencia del anuncio evangélico. Ésta había sido la promesa hecha por
Jesús resucitado, y las primeras comunidades cristianas veían su
cumplimiento en medio de ellas: "Estos prodigios acompañarán a los que
crean: (…) impondrán las manos sobre los enfermos y los curarán" (Mc
16, 17-18). La predicación de Felipe en Samaría fue acompañada por
curaciones milagrosas: "Felipe bajó a una ciudad de Samaría y allí
predicaba a Cristo. Al oírlo y al ver los milagros que hacía, todos
recibían unánimemente las palabras de Felipe. Porque los espíritus
impuros, dando grandes gritos, salían de muchos que estaban poseídos, y
buen número de paralíticos y lisiados quedaron curados". (Hch 8,
5-7). San Pablo presenta su anuncio del Evangelio como caracterizado por
signos y prodigios realizados con la potencia del Espíritu: "Porque no
me atrevería a hablar sino de aquello que hizo Cristo por mi intermedio,
para conducir a los paganos a la obediencia, mediante la palabra y la
acción, por el poder de signos y prodigios y por la fuerza del Espíritu
Santo". (Rm 15, 18-19; cf. 1 Ts 1, 5; 1 Co 2, 4-5). No es en absoluto
arbitrario suponer que tales signos y prodigios, manifestaciones de la
potencia divina que asistía la predicación, estaban constituidos en gran
parte por curaciones portentosas. Eran prodigios que no estaban ligados
exclusivamente a la persona del Apóstol, sino que se manifestaban
también por medio de los fieles: "Aquel que les prodiga el Espíritu y
está obrando milagros entre ustedes, ¿lo hace por las obras de la Ley o
porque han creído en la predicación?" (Ga 3, 5).
La victoria mesiánica
sobre la enfermedad, así como sobre otros sufrimientos humanos, no se da
solamente a través de su eliminación por medio de curaciones
portentosas, sino también por medio del sufrimiento voluntario e inocente
de Cristo en su pasión y dando a cada hombre la posibilidad de asociarse
a ella. En efecto, "el mismo Cristo, que no cometió ningún pecado,
sufrió en su pasión penas y tormentos de todo tipo, e hizo suyos los
dolores de todos los hombres: cumpliendo así lo que de Él había escrito
el profeta Isaías (cf. Is 53, 4-5)".(4) Pero hay más: "En la cruz de
Cristo no sólo se ha cumplido la redención mediante el sufrimiento, sino
que el mismo sufrimiento humano ha quedado redimido. (…) Llevando a
efecto la redención mediante el sufrimiento, Cristo ha elevado juntamente
el sufrimiento humano a nivel de redención. Consiguientemente, todo
hombre, en su sufrimiento, puede hacerse también partícipe del
sufrimiento redentor de Cristo".(5)
La Iglesia acoge a los
enfermos no solamente como objeto de su cuidado amoroso, sino también
porque reconoce en ellos la llamada "a vivir su vocación humana y
cristiana y a participar en el crecimiento del Reino de Dios con nuevas
modalidades, incluso más valiosas. Las palabras del apóstol Pablo han de
convertirse en su programa de vida y, antes todavía, son luz que hace
resplandecer a sus ojos el significado de gracia de su misma situación:
"Completo en mi carne lo que falta a los padecimientos de Cristo, para
bien de su Cuerpo, que es la Iglesia" (Col 1, 24). (6)
Precisamente haciendo este
descubrimiento, el apóstol alcanzó la alegría: "Ahora me alegro de
poder sufrir por ustedes" (Col 1, 24). Se trata del gozo pascual, fruto
del Espíritu Santo. Y, como San Pablo, también "muchos enfermos pueden
convertirse en portadores del "gozo del Espíritu Santo en medio de
muchas tribulaciones" (1 Ts 1, 6) y ser testigos de la Resurrección de
Jesús".(7)
2.
El deseo de curación y la oración
para obtenerla
Supuesta la aceptación de
la voluntad de Dios, el deseo del enfermo de obtener la curación es bueno
y profundamente humano, especialmente cuando se traduce en la oración
llena de confianza dirigida a Dios. A ésta exhorta el Sirácida: "Si
estás enfermo, hijo mío, no seas negligente, ruega al Señor, y él te
sanará" (Ecli 38, 9). Varios salmos constituyen una súplica por la
curación (cf. Sal 6, 37[38]; 40[41]; 87[88]).
Durante la actividad
pública de Jesús, muchos enfermos se dirigen a Él, ya sea directamente
o por medio de sus amigos o parientes, implorando la restitución de la
salud. El Señor acoge estas súplicas y los Evangelios no contienen la
mínima crítica a tales peticiones. El único lamento del Señor tiene
que ver con la eventual falta de fe: "¡Qué es eso de si puedes! ¡Todo
es posible para quien cree!" (Mc 9, 23; cf. Mc 6, 5-6; Jn 4, 48).
No solamente es loable la
oración de los fieles individuales que piden la propia curación o la de
otro, sino que la Iglesia en la liturgia pide al Señor la curación de
los enfermos. Ante todo, dispone de un sacramento "especialmente
destinado a reconfortar a los atribulados por la enfermedad: la Unción de
los enfermos".(8) "En él, por medio de la unción, acompañada por la
oración de los sacerdotes, la Iglesia encomienda los enfermos al Señor
sufriente y glorificado, para que les dé el alivio y la salvación".(9)
Inmediatamente antes, en la Bendición del óleo, la Iglesia pide:
"infunde tu santa bendición, para que cuantos reciban la unción con
este óleo sean confortados en el cuerpo, en el alma y en el espíritu, y
sean liberados de todo dolor, de toda debilidad y de toda dolencia";
(10) y
más tarde, en los dos primeros formularios de oración después de la
unción, se pide la curación del enfermo.(11) Ésta, puesto que el
sacramento es prenda y promesa del reino futuro, es también anuncio de la
resurrección, cuando "no habrá más muerte, ni pena, ni queja, ni
dolor, porque todo lo de antes pasó" (Ap 21, 4). Además, el Missale
Romanum contiene una Misa pro infirmis y en ella, junto a las
gracias espirituales, se pide la salud de los enfermos.(12)
En el De benedictionibus
del Rituale Romanum, existe un Ordo benedictionis infirmorum,
en el cual hay varios textos eucológicos que imploran la curación: en el
segundo formulario de las Preces (13), en las cuatro Orationes
benedictionis pro adultis, (14) en las dos Orationes benedictionis
pro pueris, (15) en la oración del Ritus brevior
(16)
Obviamente, el recurso a la
oración no excluye, sino que al contrario anima a usar los medios
naturales para conservar y recuperar la salud, así como también incita a
los hijos de la Iglesia a cuidar a los enfermos y a llevarles alivio en el
cuerpo y en el espíritu, tratando de vencer la enfermedad. En efecto,
"es parte del plan de Dios y de su providencia que el hombre luche con
todas sus fuerzas contra la enfermedad en todas sus manifestaciones, y que
se emplee, por todos los medios a su alcance, para conservarse sano".
(17)
3.
El carisma de la curación en el Nuevo Testamento
No solamente las curaciones
prodigiosas confirmaban la potencia del anuncio evangélico en los tiempos
apostólicos, sino que el mismo Nuevo Testamento hace referencia a una
verdadera y propia concesión hecha por Jesús a los Apóstoles y a otros
primeros evangelizadores de un poder para curar las enfermedades. Así, en
el envío de los Doce a su primera misión, según las narraciones de
Mateo y Lucas, el Señor les concede "poder de expulsar a los espíritus
impuros y de curar cualquier enfermedad o dolencia" (Mt 10, 1; cf. Lc 9,
1), y les da la orden: "curen a los enfermos, resuciten a los muertos,
purifiquen a los leprosos, expulsen a los demonios" (Mt 10, 8). También
en la misión de los Setenta y dos discípulos, la orden del Señor es:
"curen a sus enfermos" (Lc 10, 9). El poder, por lo tanto, viene
conferido dentro de un contexto misionero, no para exaltar sus personas,
sino para confirmar la misión.
Los Hechos de los
Apóstoles hacen referencia en general a prodigios realizados por ellos:
"los Apóstoles realizaban muchos prodigios y señales" (Hch 2, 43; cf.
5, 12). Eran prodigios y señales, o sea, obras portentosas que
manifestaban la verdad y la fuerza de su misión. Pero, aparte de estas
breves indicaciones genéricas, los Hechos hacen referencia sobre todo a
curaciones milagrosas realizadas por obra de evangelizadores individuales:
Esteban (cf. Hch 6, 8), Felipe (cf. Hch 8, 6-7), y sobre todo Pedro (cf.
Hch 3, 1-10; 5, 15; 9, 33-34.40-41) y Pablo (cf. Hch 14, 3.8-10; 15, 12;
19, 11-12; 20, 9-10; 28, 8-9).
Tanto el final del
Evangelio de Marcos como la carta a los Gálatas, como se ha visto más
arriba, amplían la perspectiva y no limitan las curaciones milagrosas a
la actividad de los Apóstoles o de algunos evangelizadores con un papel
de relieve en la primera misión. Bajo este aspecto, adquieren especial
importancia las referencias a los "carismas de curación" (cf. 1 Co 12,
9.28.30). El significado de carisma es, en sí mismo, muy amplio:
significa "don generoso"; y en este caso se trata de "dones de
curación ya obtenidos". Estas gracias, en plural, son atribuidas a un
individuo (cf. Co 12,9); por lo tanto, no se pueden entender en sentido
distributivo, como si fueran curaciones que cada uno de los beneficiados
obtiene para sí mismo, sino como un don concedido a una persona para que
obtenga las gracias de curación en favor de los demás. Ese don se
concede in uno Spiritu, pero no se especifica cómo aquella persona
obtiene las curaciones. No es arbitrario sobreentender que lo hace por
medio de la oración, tal vez acompañada de algún gesto simbólico.
En la Carta de Santiago se
hace referencia a una intervención de la Iglesia, por medio de los
presbíteros, en favor de la salvación de los enfermos, entendida
también en sentido físico. Sin embargo, no se da a entender que se trate
de curaciones prodigiosas; nos encontramos en un ámbito diferente al de
los "carismas de curación" de 1 Co 12, 9. "Si alguien está enfermo,
que llame a los presbíteros de la Iglesia, para que oren por él y lo
unjan con óleo en el nombre del Señor. La oración que nace de la fe
salvará al enfermo, el Señor lo aliviará, y si tuviera pecados, le
serán perdonados " (St 5, 14-15). Se trata de una acción sacramental:
unción del enfermo con aceite y oración sobre él, no simplemente "por
él", como si no fuera más que una oración de intercesión o de
petición; se trata más bien de una acción eficaz sobre el enfermo.(18)
Los verbos "salvará" y "aliviará" no sugieren una acción dirigida
exclusivamente, o sobre todo, a la curación física, pero en un cierto
modo la incluyen. El primer verbo, que en otras ocasiones aparece en la
Carta, se refiere a la salvación espiritual (cf. 1, 21; 2, 14; 4, 12; 5,
20), en el Nuevo Testamento se usa también en el sentido de curar (cf. Mt
9, 21; Mc 5, 28.34; 6, 56; 10, 52; Lc 8, 48); el segundo verbo, aunque
asume a veces el sentido de "resucitar" (cf. Mt 10, 8; 11, 5; 14, 2),
también se usa para indicar el gesto de "levantar" a la persona
postrada a causa de una enfermedad, curándola milagrosamente (cf. Mt 9,
5; Mc 1, 31; 9, 27; Hch 3, 7).
4.
Las oraciones litúrgicas para obtener de Dios la curación en la
Tradición
Los Padres de la Iglesia
consideraban algo normal que los creyentes pidieran a Dios no solamente la
salud del alma, sino también la del cuerpo. A propósito de los bienes de
la vida, de la salud y de la integridad física, San Agustín escribía:
"Es necesario rezar para que nos sean conservados, cuando se tienen, y
que nos sean concedidos, cuando no se tienen". (19) El mismo Padre de la
Iglesia nos ha dejado un testimonio acerca de la curación de un amigo,
obtenida en su casa por medio de las oraciones de un Obispo, de un
sacerdote y de algunos diáconos.(20)
La misma orientación se observa
en los ritos litúrgicos tanto occidentales como orientales. En una oración
después de la comunión se pide que "el poder de este sacramento… nos colme
en el cuerpo y en el alma" (21). En la solemne acción litúrgica
del Viernes Santo se invita a orar a Dios Padre omnipotente para que
"aleje las enfermedades… conceda la salud a los enfermos" (22).
Entre los textos más significativos se señala el de la bendición del óleo
para los enfermos. Aquí se pide a Dios que infunda su santa bendición
"para que cuantos reciban la unción con este óleo obtengan la salud del
cuerpo, del alma y del espíritu, y sean liberados de toda dolencia,
debilidad y sufrimiento" (23).
No son diferentes las
expresiones que se leen en los ritos orientales de la unción de los
enfermos. Recordamos solamente algunas entre las más significativas. En el
rito bizantino, durante la unción del enfermo, se dice: "Padre Santo,
médico de las almas y de los cuerpos, que has mandado a tu Unigénito Hijo
Jesucristo a curar toda enfermedad y a librarnos de la muerte, cura
también a este siervo tuyo de la enfermedad del cuerpo y del espíritu que
ahora lo aflige, por la gracia de tu Cristo" (24). En el rito copto se
invoca al Señor para que bendiga el óleo a fin de que todos aquellos que
reciban la unción puedan obtener la salud del espíritu y del cuerpo.
Más adelante, durante la unción del enfermo, los sacerdotes, después de
haber hecho mención a Jesucristo, que fue enviado al mundo "para curar
todas las enfermedades y librar de la muerte", piden a Dios que "cure al
enfermo de la dolencia del cuerpo y que le conceda caminar por la vía de
la rectitud" (25).
5.
Implicaciones doctrinales del "carisma de curación" en el contexto
actual
Durante los siglos de la
historia de la Iglesia no han faltado santos taumaturgos que han operado
curaciones milagrosas. El fenómeno, por lo tanto, no se limita a los
tiempos apostólicos; sin embargo, el llamado "carisma de curación"
acerca del cual es oportuno ofrecer ahora algunas aclaraciones
doctrinales, no se cuenta entre esos fenómenos taumatúrgicos. La
cuestión se refiere más bien a los encuentros de oración organizados
expresamente para obtener curaciones prodigiosas entre los enfermos
participantes, o también a las oraciones de curación que se tienen al
final de la comunión eucarística con el mismo propósito.
Las curaciones ligadas a
lugares de oración (santuarios, recintos donde se custodian reliquias de
mártires o de otros santos, etc.) han sido testimoniadas abundantemente a
través de la historia de la Iglesia. Ellas contribuyeron a popularizar,
en la antigüedad y en el medioevo, las peregrinaciones a algunos
santuarios que, también por esta razón, se hicieron famosos, como el de
San Martín de Tours o la catedral de Santiago de Compostela, y tantos
otros. También actualmente sucede lo mismo, como por ejemplo en Lourdes,
desde hace más de un siglo. Tales curaciones no implican un "carisma de
curación", ya que no pueden atribuirse a un eventual sujeto de tal
carisma, sin embargo, es necesario tener cuenta de las mismas cuando se
trate de evaluar doctrinalmente los ya mencionados encuentros de oración.
Por lo que se refiere a los
encuentros de oración con el objetivo preciso de obtener curaciones
-objetivo que, aunque no sea prevalente, al menos ciertamente influye en
la programación de los encuentros-, es oportuno distinguir entre aquellos
que pueden hacer pensar en un "carisma de curación", sea verdadero o
aparente, o los otros que no tienen ninguna conexión con tal carisma.
Para que puedan considerarse referidos a un eventual carisma, es necesario
que aparezca determinante para la eficacia de la oración la intervención
de una o más personas individuales o pertenecientes a una categoría
cualificada, como, por ejemplo, los dirigentes del grupo que promueve el
encuentro. Si no hay conexión con el "carisma de curación",
obviamente, las celebraciones previstas en los libros litúrgicos,
realizadas en el respeto de las normas litúrgicas, son lícitas, y con
frecuencia oportunas, como en el caso de la Misa pro infirmis. Si
no respetan las normas litúrgicas, carecen de legitimidad.
En los santuarios también
son frecuentes otras celebraciones que por sí mismas no están orientadas
específicamente a pedirle a Dios gracias de curaciones, y sin embargo, en
la intención de los organizadores y de los participantes, tienen como
parte importante de su finalidad la obtención de la curación; se
realizan por esta razón celebraciones litúrgicas, como por ejemplo, la
exposición del Santísimo Sacramento con la bendición, o no litúrgicas,
sino de piedad popular, animada por la Iglesia, como la recitación
solemne del Rosario. También estas celebraciones son legítimas, siempre
que no se altere su auténtico sentido. Por ejemplo, no se puede poner en
primer plano el deseo de obtener la curación de los enfermos, haciendo
perder a la exposición de la Santísima Eucaristía su propia finalidad;
ésta, en efecto, "lleva a los fieles a reconocer en ella la presencia
admirable de Cristo y los invita a la unión de espíritu con Él, unión
que encuentra su culmen en la Comunión sacramental".(26)
El "carisma de curación"
no puede ser atribuido a una determinada clase de fieles. En efecto, queda
bien claro que San Pablo, cuando se refiere a los diferentes carismas en 1 Co 12, no atribuye el don de los
"carismas de curación" a un grupo
particular, ya sea el de los apóstoles, el de los profetas, el de los
maestros, el de los que gobiernan o el de algún otro; es otra, al
contrario, la lógica la que guía su distribución: "Pero en todo esto,
es el mismo y único Espíritu el que actúa, distribuyendo sus dones a
cada uno en particular como él quiere" (1Co 12, 11). En consecuencia, en
los encuentros de oración organizados para pedir curaciones, sería
arbitrario atribuir un "carisma de curación" a una cierta categoría de
participantes, por ejemplo, los dirigentes del grupo; no queda otra
opción que la de confiar en la libérrima voluntad del Espíritu Santo,
el cual dona a algunos un carisma especial de curación para manifestar la
fuerza de la gracia del Resucitado. Sin embargo, ni siquiera las oraciones
más intensas obtiene la curación de todas las enfermedades. Así, el
Señor dice a San Pablo: "Te basta mi gracia, porque mi poder triunfa en
la debilidad" (2Co 12, 9); y San Pablo mismo, refiriéndose al sentido de
los sufrimientos que hay que soportar, dirá "completo en mi carne lo que
falta a los padecimientos de Cristo, para bien de su Cuerpo, que es la
Iglesia" (Col 1, 24).
II. ASPECTOS DISCIPLINARES
Art. 1 – Los fieles son
libres de elevar oraciones a Dios para obtener la curación. Cuando éstas
se realizan en la Iglesia o en otro lugar sagrado, es conveniente que sean
guiadas por un sacerdote o un diácono.
Art. 2 – Las oraciones de
curación son litúrgicas si aparecen en los libros litúrgicos aprobados
por la autoridad competente de la Iglesia; de lo contrario no son
litúrgicas.
Art. 3 - § 1. Las
oraciones litúrgicas de curación deben ser celebradas de acuerdo con el
rito prescrito y con las vestiduras sagradas indicadas en el Ordo
benedictionis infirmorum del Rituale Romanum (27)
§ 2. Las Conferencias
Episcopales, conforme con lo establecido en los Prenotanda, V, De
aptationibus quae Conferentiae Episcoporum competunt, (28) del mismo Rituale
Romanum, pueden introducir adaptaciones al rito de las bendiciones de
los enfermos, que se consideren pastoralmente oportunas o eventualmente
necesarias, previa revisión de la Sede Apostólica.
Art. 4 - § 1. El Obispo
diocesano (29) tiene derecho a dar normas para su Iglesia particular sobre
las celebraciones litúrgicas de curación, de acuerdo con el can. 838 §
4.
§ 2. Quienes preparan los
mencionados encuentros litúrgicos, antes de proceder a su realización,
deben atenerse a tales normas.
§ 3. El permiso debe ser
explícito, incluso cuando las celebraciones son organizadas o cuentan con
la participación de Obispos o Cardenales de la Santa Iglesia Romana. El
Obispo diocesano tiene derecho a prohibir tales acciones a otro Obispo,
siempre que subsista una causa justa y proporcionada.
Art. 5 - § 1. Las
oraciones de curación no litúrgicas se realizan con modalidades
distintas de las celebraciones litúrgicas, como encuentros de oración o
lectura de la Palabra de Dios, sin menoscabo de la vigilancia del
Ordinario del lugar, a tenor del can. 839 § 2.
§ 2. Evítese
cuidadosamente cualquier tipo de confusión entre estas oraciones libres
no litúrgicas y las celebraciones litúrgicas propiamente dichas.
§ 3. Es necesario,
además, que durante su desarrollo no se llegue, sobre todo por parte de
quienes los guían, a formas semejantes al histerismo, a la
artificiosidad, a la teatralidad o al sensacionalismo.
Art. 6 – El uso de los
instrumentos de comunicación social, en particular la televisión,
mientras se desarrollan las oraciones de curación, litúrgicas o no
litúrgicas, queda sometido a la vigilancia del Obispo diocesano, de
acuerdo con el can. 823, y a las normas establecidas por la Congregación
para la Doctrina de la Fe en la Instrucción del 30 de marzo de 1992.(30)
Art. 7 - § 1.
Manteniéndose lo dispuesto más arriba en el art. 3, y salvas las
funciones para los enfermos previstas en los libros litúrgicos, en la
celebración de la Santísima Eucaristía, de los Sacramentos y de la
Liturgia de las Horas no se deben introducir oraciones de curación,
litúrgicas o no litúrgicas.
§ 2. Durante las
celebraciones, a las que hace referencia el § 1, se da la posibilidad de
introducir intenciones especiales de oración por la curación de los
enfermos en la oración común o "de los fieles", cuando ésta sea
prevista.
Art. 8 - § 1. El
ministerio del exorcistado debe ser ejercitado en estrecha dependencia del
Obispo diocesano, y de acuerdo con el can. 1172, la Carta de la
Congregación para la Doctrina de la Fe del 29 de septiembre de 1985
(31) y
el Rituale Romanum. (32)
§ 2. Las oraciones de
exorcismo, contenidas en el Rituale Romanum, deben permanecer
distintas de las oraciones usadas en las celebraciones de curación,
litúrgicas o no litúrgicas.
§ 3. Queda absolutamente
prohibido introducir tales oraciones en la celebración de la Santa Misa,
de los Sacramentos o de la Liturgia de las Horas.
Art. 9 – Quienes guían
las celebraciones, litúrgicas o no, se deben esforzar por mantener un
clima de serena devoción en la asamblea y usar la prudencia necesaria si
se produce alguna curación entre los presentes; concluida la
celebración, podrán recoger con simplicidad y precisión los eventuales
testimonios y someter el hecho a la autoridad eclesiástica competente.
Art. 10 – La
intervención del Obispo diocesano es necesaria cuando se verifiquen
abusos en las celebraciones de curación, litúrgicas o no litúrgicas, en
caso de evidente escándalo para comunidad de fieles y cuando se produzcan
graves desobediencias a las normas litúrgicas e disciplinares.
El Sumo Pontífice Juan
Pablo II, en el curso de la audiencia concedida al Prefecto, ha aprobado
la presente Instrucción, decidida en la reunión ordinaria de esta
Congregación, y ha ordenado su publicación. Roma, en la sede de la
Congregación para la Doctrina de la Fe, 14 de septiembre de 2000, Fiesta
de la Exaltación de la Cruz.
+
Ioseph Card. RATZINGER,
Prefecto
+
Tarcisio BERTONE, S.D.B.,
Arzobispo emérito de Vercelli -
Secretario
Notas
(1)
JUAN PABLO II, Exhortación Apostólica Christifideles laici, n. 53, AAS
81(1989), p. 498.
(2)
Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1502.
(3)
JUAN PABLO II, Carta Apostólica Salvificis doloris, n. 11, AAS 76(1984),
p. 212.
(4)
Rituale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II
instauratum, Auctoritate Pauli PP. VI promulgatum, Ordo Unctionis
Infirmorum eorunque Pastoralis Curae, Edtio tyipica, Typis Polyglottis
Vaticanis, MCMLXXII, n. 2.
(5)
JUAN PABLO II, Carta Apostólica Salvificis doloris, n. 19, AAS 76(1984),
p. 225.
(6)
JUAN PABLO II, Exhortación Apostólica Christifideles laici, n. 53, AAS
81(1989), p. 499.
(7)
Ibid., n. 53.
(8)
Catecismo de la Iglesia Católica, n. 1511.
(9)
Cf. Rituale Romanum, Ordo Unctionis Infirmorum eorunque Pastoralis Curae,
n. 5.
(10)
Ibid., n. 75.
(11)
Ibid., n. 77.
(12)
Missale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II
instauratum, Auctoritate Pauli PP. VI promulgatum, Edtio typica altera,
Typis Polyglottis Vaticanis, MCMLXXV, pp. 838-839.
(13)
Cf. Rituale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani
II instauratum, Auctoritate Ioannis Pauli PP. II promulgatum, De
Benedictionibus, Edtio tyipica, Typis Polyglottis Vaticanis, MCMLXXXIV, n.
305.
(14)
Cf. Ibid., nn. 306-309.
(15)
Cf. Ibid., nn. 315-316.
(16)
Cf. Ibid., n. 319.
(17)
Rituale Romanum, Ordo Unctionis Infirmorum eorunque Pastoralis Curae, n.
3.
(18)
Cf. CONCILIO DE TRENTO, secc. XIV, Doctrina de sacramento estremae
unctionis, cap. 2: DS, 1696.
(19)
AUGUSTINUS IPPONIENSIS, Espistulae 130, VI,13 (PL 33,499).
(20)
Cf. AUGUSTINUS IPPONIENSIS, De Civitate Dei, 22, 8,3 (= PL 41,762-763).
(21)
Cf. Missale Romanum, p. 563.
(22)
Ibid., Oratio universalis, n. X (Pro tribulatis, p. 256).
(23)
Rituale Romanum, Ordo Unctionis Infirmorum eorunque Pastoralis Curae, n.
75.
(24)
GOAR J., Euchologion sive Rituale Grecorum, Venetiis 1730, (Graz 1960), n.
338.
(25)
DENZINGER H., Ritus Orientalium in administrandis Sacramentis, vv. I-II,
Würzburg 1863 (Graz 1961), v. II, pp. 497-498.
(26)
Rituale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani II
instauratum, Auctoritate Pauli PP. VI promulgatum, De Sacra Communione et
de Cultu Mysterii Eucharistici Extra Missam, Edtio tyipica, Typis
Polyglottis Vaticanis, MCMLXXIII, n. 82.
(27)
Cf. Rituale Romanum, De Benedictionibus, nn. 290-320.
(28)
Ibid., n. 39.
(29)
Y los que a él se equiparan, de acuerdo con el can. 381, § 2.
(30)
Congregación Para La Doctrina De La Fe, Instrucción El Concilio Vaticano
II, acerca de algunos aspectos del uso de los instrumentos de
comunicación social en la promoción de la doctrina de la fe, 30 de marzo
de 1992, Ciudad del Vaticano [1992].
(31)
Congregatio Pro Doctrina Fidei, Epistula Inde ab aliquot annis, Ordinariis
locorum missa: in mentem normae vigentes de exorcismis revocatur, 29
septembris 1985, in AAS 77(1985), pp. 1169-1170.
(32)
Cf. Rituale Romanum, Ex Decreto Sacrosancti Oecumenici Concilii Vaticani
II instauratum, Auctoritate Ioannis Pauli PP. VI promulgatum, De
exorcismis et supplicationibus quibusdam, Edtio tyipica, Typis Polyglottis
Vaticanis, MIM, Praenotanda, nn. 13-19.
Este
documento fue publicado como suplemento
del Boletín Semanal AICA Nº 2295 del 13 de diciembre de 2000
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