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Rechazo a la decisión judicial de autorizar un aborto a niña violada
 
Viedma (Río Negro), 22 . 09 (AICA)
Fuerte rechazó al aborto

Fuerte rechazó al aborto

Organismos diocesanos y organizaciones pro-vida repudiaron la decisión de la Cámara en lo Criminal de Viedma, que autorizó, en un fallo inédito en la provincia de Río Negro, la realización de un aborto a una niña de 13 años, embarazada tras una violación, y dispuso que la intervención se lleve a cabo en un hospital público.

Vicaría de la Fraternidad del obispado de Viedma
     “Ante el hecho de público conocimiento referido a la interrupción de la vida que se estaba gestando en esa niña de trece años nos preguntamos:

     “¿Dónde estamos como sociedad frente a tantos niños cuyos derechos son vulnerados?, ¿nadie se da cuenta?, ¿nadie ve?, ¿por qué no se actúa para defender sus derechos?, ¿qué nos está pasando?

     “¿Acaso un derecho no respetado se soluciona violando nada menos que el primer derecho, que es el derecho a la vida?, ¿puede la sociedad por sí, o por sus autoridades públicas quitar a una persona este derecho a la vida?

     “Desde nuestra fe en Cristo renovamos nuestro compromiso por la defensa del derecho a la vida, y de todos los demás, en especial de las personas más vulnerables.

     “Proteger, cuidar, querer bien a toda persona es deber de todos.

Pro-vida
     “La Justicia de Río Negro acaba de autorizar la muerte de un bebé en gestación mediante un aborto que califica de ‘terapéutico’".

     “En el fallo no se indica qué curaría dicha terapia, sobre todo en una niña que por lo que ha trascendido, hace más de un año venia siendo abusada por el concubino de su abuela. Obviamente que la niña ha sido descuidada para que esto sucediera durante tanto tiempo. No hay noticias de que sus familiares o la Justicia hayan intervenido con anterioridad. Por eso, llama la atención que la ‘solución’ que ambos encuentran ahora -familiares y jueces- sea un aborto "terapéutico", máxime que ello es contrario a nuestra legislación constitucional.

     “Sola basta recordar que la Convención de los Derechos del Niño ordena proteger la vida de todo niño, nacido o no. Y dicha Convención se encuentra incorporada a nuestra Constitución (Art. 75, inc. 22).

     “Por lo tanto, dejar abandonada a una criatura y después pretender resolver una consecuencia directa de tal abandono, mediante una norma claramente inconstitucional como la que se invoca del Código Penal, revela tres cosas:
     1) Se legaliza la muerte de un ser inocente para "solucionar" un problema evitable.
     2) Nadie se hace cargo del abandono y abuso que sufrió esta niña durante más de un año convirtiendo en letra muerta la Convención indicada y
     3) Para ello se recurre a violar la ley, en este caso la Constitución Nacional, cuyo cuidado y observancia es la razón de ser de todo Poder Judicial”.

Extemporánea sentencia de muerte
      La Fundación Argentina del Mañana advirtió que “este anacrónico fallo, retrotrae a las épocas en las cuales no se respetaba la dignidad de la criatura humana, incluido el derecho humano primero a la vida”.

     Tras recordar que “siglos después de la cristianización de las decadentes sociedades paganas, el homicidio intrauterino reapareció en Occidente por mano de los legisladores del socialismo soviético y del socialismo nacional alemán, como precursor diabólico de los millones de muertos en los genocidios que, por esa consecuencia, siguieron al desprecio por la vida ‘legalizado’”, destacó que “gracias a Dios, la Nación Argentina tuvo una sana evolución e incorporó a nuestra Constitución el respeto a la vida humana”.

     “Digna de toda conmiseración y apoyo es la joven víctima de la violación; digna también de toda conmiseración y apoyo es la inocente e indefensa persona NN nascituro. Compréndase la pregunta que surge: decretar la muerte de la persona NN gestanda, por considerar que ese embarazo puede acarrear un grave daño en la salud psíquica de su madre adolescente, ¿no significa desdeñar en sede judicial los asombrosos avances científicos en las áreas de la salud física y mental, y virtualmente institucionalizar la violencia homicida como solución final? Peor aún: ¿no es verdad que todo ser humano merece igual respeto por el solo hecho de serlo? ¿O acaso los jueces y los legisladores pueden determinar quiénes tienen menos derecho a vivir? ¿En la práctica, esa ‘facultad’ no se extenderá al mal-viviente necesitado? Si las preguntas pueden perturbar, recuérdese al público la responsabilidad que cabe por la repercusión social de los actos judiciales”.

     Por último, la entidad presidida por Juan Carlos Voiseau y Jardón hace un llamado a la reflexión que persuada a los médicos a recurrir el mandato que les impone ejecutar la sentencia de muerte, y a los excelentísimos jueces a anularla, librando a nuestra patria de entrar en una vorágine de ‘pecados que gritan al cielo y claman a Dios por venganza’”.+
 
AICA - Toda la información puede ser reproducida parcial o totalmente, citando la fuente
   
 
 
 

 
 
 
 
 

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