San Francisco del Monte de Oro se declaró ciudad pro vida

  • 9 de abril, 2014
  • San Francisco del Monte de Oro (San Luis)
El Concejo Deliberante declaró ciudad pro vida a San Francisco del Monte de Oro, en la provincia de San Luis, con el objetivo de orientar las políticas públicas municipales a "garantizar el derecho humano a la vida a todos sus habitantes, desde la concepción y hasta su fin por causas naturales". Asimismo, estableció una especial protección al nascituro o niño por nacer y a la mujer embarazada. En otros artículos de la norma, el Municipio se compromete a prohibir el uso, distribución, difusión o promoción en todas las dependencias municipales de la llamada "píldora del día después" y a destinar un lugar en el cementerio local para que sean sepultados los niños que no llegaron a nacer, en el panteón denominado "Los angelitos".
El Concejo Deliberante declaró ciudad pro vida a San Francisco del Monte de Oro, en la provincia de San Luis, con el objetivo de orientar las políticas públicas municipales a "garantizar el derecho humano a la vida a todos sus habitantes, desde la concepción y hasta su fin por causas naturales" Asimismo, estableció una especial protección al nascituro o niño por nacer y a la mujer embarazada. En el artículo dos de la ordenanza 02/14, firmada el 25 de marzo, se explica que "se entiende por niño por nacer a todo ser humano desde el momento de la concepción (fertilización del óvulo) hasta el de su efectivo nacimiento" y se advierte que "al niño por nacer se le garantiza la igualdad de oportunidades y a ser protegido contra cualquier tipo de discriminación o selección en razón de su patrimonio genético, etapa de desarrollo, características físicas, biológica o de cualquier índole". "Tampoco lo será a causa de las circunstancias de su concepción o las cualidades o características de su progenitor y familiares. Se considera particularmente agraviante, lesivo y discriminatorio que se califique a los niños por nacer como ?deseado? o ?no deseado?", se advierte. La Municipalidad también se compromete a "brindar contención, asistencia y asesoramiento a las mujeres embarazadas en situaciones de riesgo de aborto", a desarrollar actividades de "difusión, información y educación, tendientes a resaltar la importancia de preservar la vida desde la concepción hasta la muerte natural", a prohibir el uso, distribución, difusión o promoción en todas las dependencias municipales de la llamada "píldora del día después" y a destinar un lugar en el cementerio local para que sean sepultados los niños que no llegaron a nacer, en el panteón denominado "Los angelitos". La ordenanza lleva la firma del presidente del Concejo Deliberante, Alejandro Guiñazú, y del secretario, Walter Alcaraz.+