Martes 23 de abril de 2024

Mons. Aguer: "El aborto y la cuestión jurídica"

  • 17 de julio, 2018
  • La Plata (Buenos Aires) (AICA)
El arzobispo emérito de La Plata, monseñor Héctor Aguer, en su reflexión en el programa Claves para un Mundo Mejor, emitido por el Canal 9 de televisión el sábado 14 de julio, dedicó su comentario al tema del aborto y la cuestión jurídica.
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El arzobispo emérito de La Plata, monseñor Héctor Aguer, en su reflexión en el programa Claves para un Mundo Mejor, emitido por el Canal 9 de televisión el sábado 14 de julio, dedicó su comentario al tema del aborto y la cuestión jurídica.

"En varias ocasiones en que hemos hablado acerca del aborto he insistido en que el tema abarca varias facetas, y una de ellas muy importante es la jurídica. Hoy quiero referirme nuevamente a este aspecto de la cuestión", comenzó diciendo el prelado y agregó:

"Hace poco el senador que preside el Bloque Justicialista en la Cámara Alta se declaró a favor del proyecto de ley que aprobaron los diputados y dijo que él va a votar a favor siguiendo su tradición laica, porque sostiene que los temas del Estado son del Estado y los temas de Dios son de Dios. Se ve que el senador recordaba una frasecita evangélica, y dice, además, que la ley está por encima de los dogmas. En realidad esa no es la cuestión. Supongo que este senador es abogado y entonces podrá entender lo que diremos ahora".

De inmediato leyó completa una carta de lectores que apareció en el diario La Nación, de Buenos Aires, el 1° de julio. "Su autor es un señor llamado Héctor Negri. La voy a leer aunque es un poco difícil, (para mí que soy lego en esta disciplina es difícil); luego haré un comentario. La carta se titula El Nuevo Deber y dice:

El Nuevo Deber
"Como se recuerda en los libros sobre la materia, a todo derecho subjetivo concierne el correlato de un deber. Las determinaciones del derecho son siempre bilaterales. Ese deber puede alcanzar a diversos obligados. Al consagrarse en nuestro país (ya tiene media sanción) el derecho a abortar, queda simultáneamente establecido el deber correlativo. Alcanza a las instituciones médicas con sus profesionales, pero, en primer lugar y antes que a nadie, a la persona por nacer. Le corresponde morir. Esta será su situación jurídica de ahora en más. Es una obligación de carácter general que comprende a toda persona concebida, sin exclusiones posibles. Se trata de lo que se designa como una obligación pasivamente universal. El cumplimiento solo puede ser satisfecho por el propio obligado. Le corresponde personal e intransferiblemente. No es sustituible por ninguna otra prestación. Su perfeccionamiento, su exigibilidad, suceden cuando una mujer (no cabría hablar aquí de madre) u otra persona gestante habilitada decida su muerte. Será una obligación en suspenso, hasta el momento en que eventualmente esa decisión ocurra. Pareciera ser una obligación ligada a condición suspensiva. Aunque en rigor, está sujeta a la condición potestativa de una voluntad unilateral. (Una condición así sería nula en un contrato, pero válida en la determinación de destruir a una persona.) Al no tratarse de la ejecución de una pena de carácter penal sobre quién va a ser muerto, queda excluida la posibilidad de un indulto presidencial. Este deber de morir es un nuevo capítulo del derecho positivo, tal como se lo concibe y legisla en nuestro país. Hace 55 años que enseño derecho en la universidad. Siempre lo pensé como resguardo de la dignidad humana, que encuentra en la vida su dimensión inicial. No creí, sinceramente, que alguna vez tuviera que escribir algo así".

El nascituro está obligado a morir...
Terminada la lectura de la carta monseñor Aguer efectuó algunas consideraciones. "Expliquemos un poquito -dijo-. Si hay un derecho hay correlativamente un deber y ese deber es intransferible para aquel que es sujeto de ese deber. Si hay un derecho a abortar, la criatura por nacer tiene el deber de morir. Claro, dice en la carta, que el deber está en suspenso hasta que se ejecute el aborto; obviamente, pero de quién depende eso: depende de una voluntad unilateral. El pobre chiquito no tiene el derecho a decir nada. O sea es un deber personal e intransferible de morir que tiene el niño por nacer, si existe el derecho de una mujer a abortarlo. Observen la gravedad de la cuestión jurídica, porque el que habla en esta carta es un jurista que explica la correlación de derechos y deberes. No se ha hablado nunca del deber de morir del niño por nacer, se habla del derecho de la madre o quien sea a matarlo".

Y no podrá beneficiarse con un indulto presidencial
Sigue comentando monseñor Aguer: "Aquí en la carta, observa Héctor Negri que una condición así sería nula en un contrato, pero en el caso del aborto parece ser válida. Yo me pregunto: ¿Los legisladores, entre los cuales habrá muchos abogados por supuesto, qué pensarán de esto? ¿Qué planteo se habrán hecho sobre esta cuestión?

"Dice otra cosa muy interesante y es que como no se trata de una pena propiamente hablando de carácter penal, entonces ´no ha lugar´ a un indulto presidencial. Sabemos, por otra parte, que en este caso el Presidente ya dijo que si sale la ley no la va a vetar, entonces difícilmente va a aplicar un indulto a los niños condenados a morir".

"¡Esta es la gravedad jurídica de la situación! Es un cambio del régimen jurídico de la República. Pero hay otras prescripciones. Por ejemplo, en la Constitución Nacional promulgada en 1994, en el artículo 75, se incluye el Pacto de San José de Costa Rica, un pacto universal sobre los derechos humanos, donde se habla de guardar la vida desde el instante de la concepción. También nuestra Constitución asume la Convención de los Derechos Humanos de la Naciones Unidas, donde añade una aclaración: para nosotros es un niño desde el instante de la concepción hasta los 18 años. O sea que una ley abortista trastorna completamente el régimen jurídico de la República e impone el deber de morir al niño por nacer".

"Amigos -dice por último el arzobispo emérito- espero que les haya quedado claro todo esto. Pueden encontrar en Internet la Carta de Lectores, publicada por el diario La Nación el 1° de julio y leerla tranquilamente".

Y concluyó preguntando ¿quién es Héctor Negri, que escribió esta carta? Héctor Negri -responde- es un eminente jurista, ministro decano de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, escritor prolífico, un gran poeta y un querido amigo. Por eso ¡felicitaciones tocayo y muchas gracias por esta carta!"+