Jueves 28 de marzo de 2024

Precisiones del arzobispado de Buenos Aires sobre el espacio cedido a una fundación

  • 18 de mayo, 2019
  • Buenos Aires (AICA)
La arquidiócesis de Buenos Aires ofreció precisiones sobre el espacio cedido por la parroquia Santa María de los Ángeles, del barrio porteño de Coghlan, a la Fundación Pobre de Asís, a la que se le reclama la devolución del lugar tras 8 años de litigio y después de haber frenado órdenes judiciales de desalojo a fin de que el traslado de las instalaciones existentes "sea en paz y armonía".
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La arquidiócesis de Buenos Aires dio a conocer un comunicado con precisiones sobre el espacio cedido por la parroquia Santa María de los Ángeles, del barrio porteño de Coghlan, a la Fundación Pobre de Asís, a la que se le reclama la devolución del lugar tras 8 años de litigio judicial.

Ante la difusión televisiva de una entrevista a Rubén Linera, que conduce la Fundación Pobre de Asís, el arzobispado puso en conocimiento de la comunidad "todos los hechos que llevaron a esta situación".

En este sentido, resumió: "Se cumplieron los plazos acordados para uso del inmueble. Aguardamos 8 años a que se produzca la mudanza. La parroquia siguió pagando los servicios con ayuda de la comunidad. Hemos frenado desalojos ordenados por la justicia. Deseamos que el traslado sea en paz y armonía".

"Este comunicado no tiene la intención de generar polémica ni controversia. En el espíritu que nos ha enseñado el Señor, sólo intentamos llevar paz y tranquilidad a la comunidad de Santa María de los Ángeles y a los vecinos", afirmó.

Texto del comunicado
A LA COMUNIDAD DE SANTA MARÍA DE LOS ÁNGELES, VECINOS Y A LA OPINIÓN PÚBLICA
Sobre el espacio cedido a la Fundación Pobre de Asís
Se cumplieron los plazos acordados para uso del inmueble.
Aguardamos 8 años a que se produzca la mudanza.
La parroquia siguió pagando los servicios con ayuda de la comunidad.
Hemos frenado desalojos ordenados por la justicia.
Deseamos que el traslado sea en paz y armonía.

Ante la difusión televisiva de un reportaje realizado esta mañana al Sr. Rubén Linera, que conduce la Fundación Pobre de Asís, deseamos poner en conocimiento de todos los hechos que llevaron a esta situación.

Este comunicado no tiene la intención de generar polémica ni controversia. En el espíritu que nos ha enseñado el Señor, sólo intentamos llevar paz y tranquilidad a la comunidad de Santa María de los Ángeles y a los vecinos.

La información que les ofrecemos a continuación surge del expediente correspondiente: "ARZOBISPADO DE BUENOS AIRES c/ FUNDACIÓN EL POBRE DE ASÍS Y OTROS s/ DESALOJO POR VENCIMIENTO DE CONTRATO" (Expediente Nº 80362/2015), en trámite por ante el Juzgado Nacional de 1ª instancia en lo Civil nº 32, a cargo del Dr. Eduardo A. Caruso (Juez), Secretaría única interinamente a cargo de la Dra. Marisa V. Mazzeo, sito en Av. de los Inmigrantes 1950 Piso 1º de la Ciudad de Buenos Aires.

a. La Fundación El Pobre de Asís recibió el inmueble en comodato por 3 años, plazo que venció el 03/02/2011. En ese momento, se les comunicó que no se renovaba el mismo debido a las múltiples razones que abajo menciona el mismo Juez. Sin embargo la Fundación hizo caso omiso al aviso, y decidió quedarse sin definir su salida. Fracasados los intentos de una salida acordada entre las partes, la resistencia de la Fundación a retirarse obligó al Arzobispado a iniciar el correspondiente juicio de desalojo.

b. Desde siempre, la preocupación prioritaria del Arzobispado han sido los asistidos, tanto los que concurren diariamente al comedor, como aquellos que residen allí. En ésto, como todos saben, la Iglesia tiene un compromiso permanente por los más necesitados y se buscaron medios para asistirlos. En ocasiones, la parroquia Santa María de los Ángeles y su anterior párroco tuvieron que acompañar a personas en situación de calle que no tenían en la Fundación una atención adecuada.

c. En la Audiencia del 13/10/2016 llevada a cabo entre las partes, el juez exhortó a la Fundación a "?que en las circunstancias que se están desarrollando los hechos, procuren no albergar más personas en situación de calle para evitar eventuales complicaciones?". Ello a fin de evitarles las consecuencias que podría traerles aparejadas el desalojo. La Fundación decidió ignorar la sugerencia del juez.

d. En la Sentencia de 1ª instancia de fecha 22/05/2018 el juez dijo: "?Lamentablemente, pese a los esfuerzos realizados por el suscripto para que este pleito no finalizara con un lanzamiento de personas en situación de calle, con alguna discapacidad y excluidos del ámbito social, ello no fue receptado por los accionados de la manera esperada?, y es por ello que no hubo otra alternativa que dictar este pronunciamiento."

e. "No obstante ello, -reitero- se insistió en transitar una vía que mediante algún acuerdo pudiera haber llevado a soluciones no compulsivas, a lo que se prestó la parte actora (el Arzobispado) y su letrado con buena voluntad, consintiendo una suerte de "espera", que a la luz de las constancias de autos de hecho aconteció, luego del reconocimiento judicial efectuado por el suscripto..."

f. El juez también dijo: "?Debo poner de relieve también que el emprendimiento que se lleva a cabo en el lugar, lo que da fe la inspección ocular plasmada en las fotografías de fs. 149/166 y acta de fs. 167/168, no queda ceñido a los diversos canales de asistencia y contención que se les brinda a las personas ?beneficiadas? regularmente. [?]

g. "?Existen otros tipos de problemas que guardan alguna vinculación con el lugar, tal como se explicitó a fs. 168 cuando se señaló a instancias de los vecinos próximos al lugar y por el sacerdote que entrevisté en la ocasión, que hay ?personajes? que asisten con regularidad provocando disturbios en horas de la noche, defecando en las puertas de las casas, palieres, donde también, se encuentran preservativos y resulta de público conocimiento la venta de droga al menudeo. Ello generó en diversas oportunidades grescas y disturbios en horas de la madrugada con presencia policial. También el sacerdote ha sido sujeto ?según refirió-, de denuncias falsas por impedir estos sucesos o que el emprendimiento no cuente con esas personas en el comedor. Dicho en otros términos, observé un gran descontento por parte de los vecinos, que en líneas generales coinciden en valorar la ?asistencia Social? pero no los episodios que se suscitan en el vecindario y tornan inseguro el lugar. Por tal razón hice saber a todos los representantes del desarrollo que lleva adelante la parte demandada que buscasen una salida a su problemática desde el ámbito político o municipal y no poniendo en cabeza de la actora toda la situación?"

h. En la Sentencia de 2ª instancia de fecha 14/08/2018 los camaristas ratificaron la decisión del juez de 1º instancia, disponiendo que el desalojo se llevara a cabo con intervención de los organismos estatales de la Ciudad de Buenos Aires.

i. El juez dispuso que sea la Dirección General de Atención Inmediata la que interviniese en las previsiones necesarias para evitar la desatención de los asistidos.

Esta Dirección relevó el inmueble ocupado por la Fundación e informó el 01/03/2019 (a fs. 350) que "?brindará, a través de sus programas de intervención, los recursos con los que cuenta proveyendo la atención, asistencia, derivación y traslado de los quince residentes a otro sector, de análogas características acorde a sus necesidades, a tenor de la manda judicial en la etapa de cumplimiento de la sentencia recaída en autos. ?"

j. Por último, señalamos que desde el año pasado estamos llevando a cabo reuniones con las autoridades de la Fundación, las que no han podido llegar a buen puerto hasta la fecha. Sin embargo, el Arzobispado ha aceptado el pedido judicial efectuado por la Fundación de no realizar el desalojo en Febrero. Más aún, ha suspendido las fechas de desalojo previstas para el 17/04/2019 y el 17/05/2019.

k. La comunidad de la Parroquia Santa María de los Ángeles ha abonado desde siempre los servicios de luz y gas que utiliza la Fundación, sin recibir apoyo de ninguna naturaleza, salvo de los propios fieles. Ello a costa, incluso, de postergar obras de caridad y otras obras estructurales urgentes en la Parroquia (ej.: el altar debe ser cubierto por un nylon para evitar caída de agua y escombros).

l. Desde la Liga de Madres y desde Cáritas parroquial, se asiste a familias y hermanos necesitados con alimentos, vestimenta, y talleres de todo tipo, incluyendo a los concurrentes de la Fundación.

Deseando transmitirles serenidad, y pidiéndoles no transmitan rumores o versiones falaces que sólo conducen al malestar social y a la violencia, nos ponemos a disposición de quienes lo desean, para aclararles dudas y presentarles los documentos judiciales citados.

Nuestra intención nunca fue llegar a esta instancia. Pero la Fundación se ha negado a desalojar el inmueble que ocupa ilegalmente desde hace más de 8 (ocho) años, lo que demuestra la paciencia y colaboración de la que han gozado de parte de la Comunidad de Santa María de los Ángeles, del Arzobispado, y de los vecinos del barrio.

Buenos Aires, 17 de mayo de 2019
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